FSC-CCOO Castilla y León | 21 noviembre 2024.

12.02.2020

II CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS VINCULADAS GRUPO TELEFONICA 2019-2021

El ámbito funcional del presente Convenio Colectivo se extiende a las siguientes Empresas firmantes del mismo, alcanzando su obligatoriedad y fuerza vinculante a todos los centros de trabajo actuales y aquéllos que puedan crearse en el futuro: • Telefónica de España S.A.U. • Telefónica Móviles España S.A.U. • Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones de España S.A.U. Si durante el ámbito temporal establecido en el presente Convenio Colectivo, se produjese la integración societaria entre algunas de las Empresas anteriormente indicadas, la norma aplicable a la Empresa resultante, al igual que para el resto de Empresas señaladas en el párrafo anterior, será el presente Convenio Colectivo

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CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA DORNIER, S.A. PARA VALLADOLID PARA LOS AÑOS 2017 A 2020

El presente Convenio afectará a todos los centros de trabajo de la Empresa DORNIER, S.A:, existentes en la actualidad y a los que se puedan crear durante su vigencia en la provincia de Valladolid, desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2020.

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CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA DIVERSIFICACION Y OCIO LAS CAMARETAS, S.L.U (DIOCA) PARA LOS CINES LARA PARA LOS AÑOS 2019-2020

El presente Convenio Colectivo El presente acuerdo tiene por objeto una regulación general de las materias que afectan a las condiciones de trabajo y de las demás relaciones de las personas que desarrollan su trabajo en la empresa de exhibición cinematográfica Cines Lara.

 

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I CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS VINCULADAS GRUPO TELEFONICA 2015-2017

El ámbito funcional del presente Convenio Colectivo se extiende a las siguientes Empresas firmantes del mismo, alcanzando su obligatoriedad y fuerza vinculante a todos los centros de trabajo actuales y aquéllos que puedan crearse en el futuro: • Telefónica de España S.A.U. • Telefónica Móviles España S.A.U. • Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones de España S.A.U. Si durante el ámbito temporal establecido en el presente Convenio Colectivo, se produjese la integración societaria entre algunas de las Empresas anteriormente indicadas, la norma aplicable a la Empresa resultante, al igual que para el resto de Empresas señaladas en el párrafo anterior, será el presente Convenio Colectivo

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II CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL DEL SECTOR DE CONTACT CENTER

El presente Convenio es de aplicación obligatoria en todo el territorio del Estado Español. Dentro del ámbito del artículo 1º la aplicación de este Convenio será obligatoria para todas las empresas y para todo el personal de las mismas cuya actividad sea la prestación de servicios de contact center a terceros.

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CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTE DE PERSONAS POR CARRETERA DE SEGOVIA PARA LOS AÑOS 2016-2019

El presente Convenio Colectivo establece las bases para las relaciones laborales entre las Empresas de Transportes de Personas por Carretera, y la plantilla de las categorías relacionadas en el Art. 22 del presente Convenio, cualquiera que sea su modalidad de contrato. El presente Convenio obliga a todas las empresas de transporte de personas por carretera de la provincia de Segovia, así como a las que residiendo en otro lugar mantengan puestos de trabajo en aquella, respecto al personal que ocupe.

 

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CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA DE VALLADOLID PARA LOS AÑOS 2017-2019

El presente convenio colectivo de trabajo será de aplicación para las empresas y personas del Sector de Transporte de Viajeros por Carretera que ejerzan su actividad en la Provincia de Valladolid y personal de talleres y servicios de estas empresas.

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CONVENIO COLECTIVO TRANSPORTE VIAJEROS CARRETERA ZAMORA 2016-2019

El presente Convenio Colectivo obliga a todas las empresas y sus trabajadores dedicados al transporte de viajeros, ubicadas en la provincia de Zamora, así como a las que residiendo en otro lugar mantengan puestos de trabajo en aquella, respecto al personal que los ocupe.

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CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTE VIAJEROS POR CARRETERA DE PALENCIA PARA LOS AÑOS 2017-2020

Sus disposiciones se aplicarán a todas las actividades señaladas en el artículo 3 del Acuerdo Marco estatal sobre materias del transporte de Viajeros por Carretera (BOE 26 de febrero de 2015).Las normas del presente Convenio serán de aplicación a todas las empresas o sucursales, así como a los trabajadores de las mismas actualmente existentes, encuadradas en la rama del transporte de viajeros por carretera de la provincia de Palencia así como a las empresas o sucursales de nueva creación. Todas las referencias del presente Convenio colectivo al término “trabajador” se entenderán efectuadas indistintamente a la persona hombre o mujer.

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Convenio Colectivo de Transporte por Carretera, Garajes y Aparcamientos de Burgos para los años 2017-2020

Los preceptos de este Convenio Colectivo serán de aplicación a la actividad del transporte por carretera de mercancías, viajeros y garajes y aparcamientos.Las empresas de transporte de mercancías por carretera estarán, en las materias no recogidas en este Convenio, a lo establecido en el «Acuerdo General para las Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera (Código de Convenio número 99012735011900)».Las empresas de transporte de viajeros por carretera estarán, en las materias no recogidas en este Convenio, a lo establecido en el «Acuerdo Marco Estatal sobre materias del transporte de viajeros por carretera, mediante vehículos de tracción mecánica de más de nueve plazas, incluido el conductor» (Código de Convenio 99100125072015), y en su caso, en el «Laudo arbitral de Sustitución de la ordenanza laboral de transporte por carretera para las empresas de viajeros por carretera» (Laudo dictado en Madrid el 24 de noviembre de 2000 y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 24 de febrero de 2001).Las empresas de garajes y aparcamientos estarán, en las materias no recogidas en este Convenio, a lo establecido en el vigente «Convenio Colectivo General de ámbito Nacional para el Sector de Aparcamientos y Garajes (Código de Convenio número 99011445011900)».

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Convenio Colectivo del Personal de Serfunle, S.A. para los años 2016 a 2020

Convenio colectivo de aplicación a todos los trabajadores que presten servicios retribuidos en la Entidad Mercantil Serfunle, Sa, con independencia de dónde se ubique el centro de Trabajo y de las funciones que desarrollen, con la única exclusión del Director-Gerente de la Entidad.

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Convenio Colectivo de la Empresa de Estacionamientos y Servicios, S.A.U. y sus Trabajadores Adscritos al Servicio Público de Regulación de Aparcamientos de Vehículos Mediante Expendedores de Tickets en la Ciudad de Medina del Campo.

Convenio Colectivo de la empresa Estacionamientos y Servicios, S.A.U., con su personal adscrito al servicio público de regulación de aparcamiento de vehículos mediante expendedores de tickets de la ciudad de Medina del Campo.

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Convenio Colectivo de Transporte de Mercancías por Carretera de Zamora para los años 2016-2018

El presente convenio obliga a todas las empresas y sus trabajadores dedicados al transporte de mercancías, ubicadas en la provincia de Zamora, así como a las que residiendo en otro lugar mantengan puestos de trabajo en aquella respecto al personal que los ocupe.

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Convenio Colectivo de Transporte de Mercancías por Carretera de Valladolid para los años 2017-2019

Este Convenio colectivo es de aplicación a las empresas que, al amparo de los correspondientes títulos habilitantes de Transportista o de Operador de Transporte regulados por la Ley 16/1987 de Ordenación de los Transportes Terrestres, realicen actividades de transporte público de mercancías por carretera en vehículos automóviles que circulen sin camino de rodadura fijo y sin medios fijos de captación de energía y/o las denominadas auxiliares y complementarias del transporte de mercancías. Se consideran también incluidas las actividades de mensajería y de logística, entendiendo por esta última la que cubre la planificación, la organización, la gestión, la supervisión y la realización de las actividades de transporte en la cadena de suministro; es decir, todas las actividades empresariales que requieran los citados títulos habilitantes, independientemente de si las mismas se realizan o no a temperatura controlada.

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VI Convenio Colectivo de Transporte de Mercancías por Carretera de Soria para los años 2018-2020

El presente Convenio Colectivo es de aplicación obligatoria en aquellas entidades o empresas que figuren como tales en la provincia de Soria durante el tiempo de su vigencia. Los acuerdos contenidos en el mismo tendrán fuerza Normativa y obligarán a todos los trabajadores afectados por su ámbito funcional que presten su trabajo por cuenta de las empresas referidas en el párrafo anterior, cualquiera que sea su tipo de contrato y su lugar de domicilio, excepto los referidos en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores. A los efectos previstos en el artículo 10.1 párrafo 2, del TR de la Ley reguladora de la jurisdicción social se entiende por domicilio del trabajador el que lo sea de la empresa para la que presta sus servicios.

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