FSC-CCOO Castilla y León | 6 mayo 2024.

Convenio Colectivo de Transporte por Carretera, Garajes y Aparcamientos de Burgos para los años 2017-2020

Los preceptos de este Convenio Colectivo serán de aplicación a la actividad del transporte por carretera de mercancías, viajeros y garajes y aparcamientos.Las empresas de transporte de mercancías por carretera estarán, en las materias no recogidas en este Convenio, a lo establecido en el «Acuerdo General para las Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera (Código de Convenio número 99012735011900)».Las empresas de transporte de viajeros por carretera estarán, en las materias no recogidas en este Convenio, a lo establecido en el «Acuerdo Marco Estatal sobre materias del transporte de viajeros por carretera, mediante vehículos de tracción mecánica de más de nueve plazas, incluido el conductor» (Código de Convenio 99100125072015), y en su caso, en el «Laudo arbitral de Sustitución de la ordenanza laboral de transporte por carretera para las empresas de viajeros por carretera» (Laudo dictado en Madrid el 24 de noviembre de 2000 y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 24 de febrero de 2001).Las empresas de garajes y aparcamientos estarán, en las materias no recogidas en este Convenio, a lo establecido en el vigente «Convenio Colectivo General de ámbito Nacional para el Sector de Aparcamientos y Garajes (Código de Convenio número 99011445011900)».

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