FSC-CCOO Castilla y León | 30 abril 2025.

Cuidador Técnico de Servicios Asistenciales

  • Convocatoria de bolsa de empleo

Orden PRE/833/2020, de 9 de septiembre, por la que se convoca proceso selectivo para la constitución de la bolsa de empleo temporal de la competencia funcional de Cuidador Técnico de Servicios Asistenciales de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos

17/09/2020.

  • Orden PRE/833/2020, de 9 de septiembre, por la que se convoca proceso selectivo para la constitución de la bolsa de empleo temporal de la competencia funcional de Cuidador Técnico de Servicios Asistenciales de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos

 El proceso de selección consta de tres fases

  1. La primera fase consiste en la inscripción de los aspirantes en la aplicación informática. En su solicitud deberán alegar los méritos objeto de autobaremación y elegir la zona o zonas dónde desean trabajar. 
  2. La segunda fase consiste en determinar la relación de integrantes de la bolsa de empleo, es decir, la relación pública y ordenada de inscritos en la bolsa en la fecha de corte, de acuerdo con la puntuación autobaremada obtenida de los méritos alegados hasta dicha fecha. 
  3. La tercera fase consiste en determinar la relación de candidatos de la bolsa de empleo, es decir, de aquellos integrantes de la bolsa de empleo que, previa validación por la Administración de los méritos que aleguen, obtengan una puntuación igual o superior a la nota de corte que se establezca.

 

Fecha de corte: formarán parte de la bolsa de empleo los aspirantes que se encuentren inscritos en la misma el día 15 de octubre de 2020 o, si este fuera inhábil, el primer día hábil siguiente. 

Titulación: estar en posesión del título de Bachiller (B.U.P. o Superior), Formación Profesional de Grado Superior, o equivalente (o con competencia funcional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo). Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

Consulta todos los detalles en el enlace asociado de esta entrada. Si tienes cualquier duda ponte en contacto con la sección sindical de CCOO en tu provincia.

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